Guia facil para préstamos hipotecarios
El sector
inmobiliario sigue siendo uno de los principales focos de actividad económica
en España. Unas veces por inversión, otras simplemente por necesidad y algunas
por tradición, buena parte de los españoles es partidario de adquirir vivienda
en propiedad .Como es lógico, en la mayoría de los casos no disponen del dinero
suficiente para hacer efectiva la compra y necesitan recurrir a la
financiación, para lo que solicitan un préstamo hipotecario o hipoteca.
¿Qué es una
hipoteca?
La hipoteca
forma parte del préstamo hipotecario, que es una cantidad de dinero que se
concede a una persona con la garantía real de un bien inmueble, es decir una
vivienda. En este sentido, la hipoteca es el derecho real de garantía de la
obligación contraída por el préstamo, aunque en términos coloquiales ambos
suelen utilizarse prácticamente como sinónimo
En el fondo,
la hipoteca no es más que un préstamo en la que la vivienda es la garantía real
cobro a favor de la entidad financiera que presta el dinero. Es decir, en caso
de que la persona que contrate la hipoteca no cumpla con sus obligaciones el
banco o caja de ahorros pasa a convertirse en el titular del inmueble
hipotecado. Hasta entonces, la vivienda será de quien figure como titular.
Formalizar
la hipoteca
Un préstamo
hipotecario cuenta prácticamente con los mismos elementos de cualquier otro
préstamo, pero por sus particularidades el proceso está sujeto a legislación
específica a través de la Ley Hipotecaria y otra serie de normativas vinculadas
al Registro de la Propiedad y el mercado inmobiliario.
Una vez la
persona ha decido se ha decantado por una vivienda y está de acuerdo con el
precio que le ofrecen debe empezar a buscar el préstamo que mejor se adapte a
sus posibilidades. Tras negociar y llegar a un acuerdo con la entidad esta
deberá entregar una oferta vinculante diez días antes de la firma en la que se
recojan todas las condiciones financiera de la operación de las que más tarde
hablaremos. A la hora de formalizar el contrato debe participar un notario con
el otorgamiento de una escritura pública. Su obligación es advertir sobre
cualquier anomalía legal entre el contrato y la oferta vinculante, para lo que
hay que enviarle los documentos que se firmarán con tres días de antelación.
Además, también deberá informar sobre cualquier posible carga anterior que
pesase sobre el inmueble.
La
constitución de la hipoteca se inscribirá en el Registro de la Propiedad para
su mayor publicidad. El registrador deberá calificar la hipoteca y determinar
si se adecua a la Ley y está obligado a dedicar parte de su jornada laboral a
asesor a los ciudadanos que así lo soliciten. De esta forma, se reflejará
también la nueva situación del inmueble y su propiedad.
Elementos
de una hipoteca.
Un préstamo
hipotecario se compone de varios elementos que además servirán para determinar
el tipo de hipoteca y hasta cierto punto su calidad respecto a otros productos.
Conocerlos es imprescindible para poder negociar las mejores condiciones con el
banco o caja de ahorros.
El bien
hipotecado – Esta es
la vivienda que ejerce de garantía de cobro en caso de impago. Su tasación
determinará en buena medida el capital final del que se compone el crédito.
Aunque cada inmueble tiene una tasación oficial esta rara vez coincide con el
precio de venta. Por eso las entidades financieras suelen realizar sus propias
tasaciones para determinar el valor real del piso.
El
capital - Se trata
del dinero que finalmente constituye el préstamo. Aunque existen hipotecas que
cubren el 100% y hasta el 120% del coste de la casa, lo normal es que el dinero
prestado por el banco sea inferior al valor del bien hipotecado. En términos
generales suele alcanzar un 80% del valor de tasación del inmueble.
El plazo
del préstamo – El
tiempo que se tardará en devolver el préstamo es una de las partes más
importantes, pues determinará en buena medida la cuantía final de los intereses
y, sobre todo, los pagos periódicos que el solicitante deberá llevar a cabo.
Estos generalmente se realizan de forma mensual.
El tipo
de interés – Este es
el elemento clave de la hipoteca. Existen diferentes tipos de interés, que en
buena medida sirven para determinar las clases de préstamos hipotecarios. En
este sentido, el tipo de interés determinará el porcentaje que hay que abonar
al banco en concepto de intereses por el dinero prestado.
La
carencia – Es un
periodo en el que sólo se pagan los intereses y no se amortiza capital. Es
habitual establecerlo al comienzo del préstamo, cuando el hipotecado cuenta con
menos recursos tras haber tenido que pagar la entrada y los gastos
administrativos.
Las
comisiones – Al
igual que cualquier en cualquier préstamo existen una serie de comisiones que
varían en función de la entidad y el préstamo. Las más comunes son la comisión
de estudio (ahora en desuso), de apertura, cancelación anticipada, subrogación,
modificación de condiciones y amortización anticipada. Además es común
establecer una cantidad fija por la reclamación de pagos.
Productos
financieros adicionales – Aunque no forman parte del préstamo hipotecario propiamente dicho sí
que son una baza importante para determinar las condiciones finales de la
hipoteca. Entre estos productos destacan el seguro del hogar, que es
obligatorio contratar aunque puede hacerse con cualquier entidad, y el seguro
de vida asociado. Este último no es obligatorio por ley pero sirve a las
entidades y los familiares del titular del préstamo para asegurarse del pago de
la cantidad restante de la hipoteca en caso de fallecimiento. A estos se pueden
añadir tarjetas de crédito, cuentas corrientes e incluso la exigencia de
domiciliar la nómina y los recibos en el banco que concede la hipoteca.
Tipos de hipoteca
Existen
diferentes fórmulas para identificar los préstamos hipotecarios según su
modalidad, aunque lo más común es hacerlo en función del tipo de interés y su
uso específico. Así, una clasificación de las hipotecas más frecuentes podría
ser la siguiente:
Hipoteca con tipos de interés fijo – En este caso el tipo de interés se
determina antes del firmar el préstamo y no varía durante toda la vida del
mismo. Se trata de una de las modalidades más conservadoras porque es estable y
segura. El cliente sabe en todo momento lo que tendrá que pagar cada mes, ya
que sus cuotas no cambiarán. Por el contrario, tampoco se podrá beneficiar de
la coyuntura económica. Además, los tipos ofertados por el banco suelen ser más
altos que los del mercado para cubrirse ante eventuales subidas, en tanto que
la duración es más corta que en los variables y oscila entre los 20 y los 30
años.
Hipoteca con tipos de interés
variables – Son las
más frecuentes en el mercado español con gran diferencia. En este caso el
interés del préstamo varía con el tiempo, generalmente en función de un índice
de referencia. El más común es el Euribor aunque en realidad puede
referenciarse a otros como el IRPH de las cajas de ahorro, por ejemplo. Se
trata de una opción más arriesgada, ya que es más complicado calcular con
tiempo la cuota mensual, aunque también permite beneficiarse de una coyuntura
positiva en cuanto a tipos de interés y el plazo del préstamo suele ser mayor,
hasta los 40 años. A la hora de negociarlas hay que tener muy en cuenta la
frecuencia y fecha en la que se realizarán las revisiones de los tipos de
interés.
Hipoteca con interés mixto – Esta hipoteca combina las dos
anteriores. Generalmente establece un tipo fijo para los primeros años en
función de los ingresos del cliente y pasado ese tiempo el tipo de interés será
variable y referenciado al índice escogido. Su ventaja es que permite conocer
de antemano la cuantía que se pagará al principio del préstamo, que es cuando
de menos recursos suele disponerse por el esfuerzo realizado en la compra.
Hipoteca inversa – A diferencia de los casos
anteriores esta hipoteca se utiliza para obtener una rentabilidad del inmueble
en propiedad tras la jubilación y sólo está destinado para mayores de 65 años o
personas con severa dependencia. El banco concede un préstamo que se entrega
habitualmente en forma de mensualidad con la vivienda como garantía. Una vez
fallece el titular de la vivienda o el beneficiario del préstamo sus herederos
podrán hacer frente a la parte que ya se ha entregado del préstamo y quedarse
con la casa o dejar que el banco ejecute el mismo, se quede con la vivienda y
hacer efectivo el capital restante.
Hipoteca puente – En realidad se trata de un crédito
puente que se utiliza para hacer frente al coste de una nueva vivienda mientras
se espera a vender la antigua. En este caso se hipoteca la casa en propiedad,
evitando un préstamo personal, y con la espera de un año por parte de la
entidad financiera para que el cliente venda su casa y reestructurar la
situación con el préstamo hipotecario que necesite finalmente. Este crédito se
cancelará tras la obtención de la hipoteca definitiva, ya que al recibir la
vivienda nueva el cliente suscribirá una hipoteca tradicional por un montante
superior.
Hipoteca multidivisa - Son préstamos contratados en una
divisa diferente al euro. De esta forma se trata de aprovechar los bajos tipos
de interés de algunas monedas para abaratar el préstamo. Es una de las opciones
más arriesgadas, ya que a los posibles cambios del índice de referencia
(generalmente del Libor) hay que sumar el monetario, ya que en realidad el
préstamo se contrata en otra divisa pero luego las mensualidades se pagan en
euros. Hasta el momento las monedas más utilizadas son el yen japonés y el
franco suizo.
La amortización del capital
A la hora de
hacer frente a un préstamo hipotecario se paga por una parte el capital
prestado y los intereses que genera dicho capital para la entidad financiera.
En la mayoría de hipotecas existe una relación decreciente entre el porcentaje
de intereses que se paga durante los primeros años del préstamo y el capital
real que se amortiza en las cuotas mensuales. Es decir, conforme pasa el tiempo
el cliente está realmente destinando más dinero a devolver el préstamo (muchos
lo llaman pagar la casa) y menos a hacer frente a los intereses.
Esto se debe
a que el modelo de amortización (método que se utiliza para establecer la forma
en la que se devolverá el capital) es el modelo francés o de amortización
progresiva. Su funcionamiento es relativamente sencillo. El usuario se
compromete a pagar una anualidad constante por cada periodo pactado y que se
desglosará por una parte en la cancelación de intereses y por otra en la
amortización de parte del capital del préstamo. Al final, al ser las
anualidades constantes, al comenzar la amortización del capital comenzará a
disminuir la parte destinada al pago de intereses y aumentando la parte
destinada a la amortización del capital en cada período.
Existen
otros sistemas de amortización, aunque no se emplean con tanta frecuencia en
España. Se trata del sistema americano o fondo de amortización y del alemán o
amortización constante. En el primero el deudor abonará la cantidad del capital
prestado una vez finalizado el periodo de préstamo y mientras tanto sólo deberá
hacer frente a los intereses, que se calculan en función del capital y la vida
del préstamo. En el segundo, el deudor se compromete a cancelar cantidades
variables al finalizar o comenzar cada periodo y que se desglosará en una
primera parte constante que se destina a amortizar el capital y una segunda
variable para la cancelación de intereses.
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