sábado, 5 de abril de 2014

Los medios de pago en las operaciones exteriores, la transferencia frente a la carta de crédito

A la hora de plantearnos nuestras operaciones exteriores, cuando nos decidimos a exportar, debemos valorar el medio de pago a utilizar por nuestros clientes. Básicamente las más utilizadas son las transferencias vía swift y las cartas de crédito o créditos documentarios.

Para una empresa que realice sus primeras operaciones, la garantía adicional que ofrece el crédito documentario supone una mayor tranquilidad que la de esperar a que el cliente envíe el dinero mediante transferencia una vez recibida la mercancía. 

Pero por otro lado debemos tener claras tanto las condiciones de la operación como las características de esa carta de crédito y que, evidentemente, esa garantía se paga.

En la inmensa mayoría de las operaciones cuando el cliente paga mediante transferencia suele ser el comprador el que asume el coste de la transacción, exceptuando el coste de cambio de la moneda en que se realiza la operación (generalmente en dólares) y la moneda del receptor (en nuestro caso euros). Este coste se puede mitigar en parte si el receptor tiene una cuenta en dólares y realiza el cambio cuando le convenga.
El riesgo de operar mediante transferencia puede ser menor si el exportador contrata un seguro de crédito a la exportación, que le ofrezca un servicio de análisis de riesgo del cliente. De esta manera se puede comprobar la solvencia del cliente antes de enviar la mercancía y reducir la probabilidad de impago, además el seguro también podría cubrirnos la posible morosidad del importador, aunque en este aspecto no podemos tener la garantía de cobrar el 100% de la deuda.

El crédito documentario muchas ventajas. El cobro de la operación podría ser más rápido si el tiempo en que la mercancía está en tránsito es significativo. Supongamos que queremos enviar una mercancía a China y que esa mercancía tarda entre veinte y treinta días en llegar al destino. El cobro por transferencia sólo se produciría a la llegada de la mercancía y la comprobación de la misma por parte del comprador, que daría la orden de pago entonces. Si el pago se hace mediante carta de crédito confirmada podríamos disponer del dinero en el momento en que el banco emisor tenga constancia del embarque, al recibir la documentación correspondiente, que en este caso sería antes de que llegara esa mercancía a su destino.
Pero hay otras características que hacen a la carta de crédito más atractiva. El hecho de que pueda ser divisible, transferible o ambas, supone que esa misma carta de crédito sirva para que el exportador cobre pero también para que la utilice para pagar a sus proveedores, como si endosara una letra o un cheque. Por supuesto esta posibilidad añade un mayor coste en comisiones pero en determinadas circunstancias merece la pena afrontarlas.


Las operaciones de comercio exterior, sobre todo al principio, necesitan un profundo análisis desde diferentes puntos de vista y el del método de cobro no es una cuestión baladí y debe formar parte de la negociación de la operación. Si el cliente es de confianza y el tiempo en llegar la mercancía a su destino no es demasiado largo podemos optar por la transferencia, si no es así el crédito documentario nos ayudará a solventar mejor esta cuestión.

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