El Tribunal Supremo obliga a Asefa y a HCC a pagar a los cooperativistas de vivienda.
El Tribunal Supremo en Pleno —en respuesta a un recurso de casación interpuesto por el bufete Sacristán & Rivas en nombre de los cooperativistas de Jardines de Valdebebas—, ha dictado por unanimidad una doctrina que afecta en todo el territorio nacional a todos aquellos a los que las compañías aseguradoras Asefa y Houston Casuality Company Europe (HCC Europe) les vendieron pólizas cuyo nombre no inducía a duda: eran las contempladas en la ley para garantizar que las cantidades entregadas a cuenta para adquirir una vivienda les serían devueltas si no se llegaba a edificar.
Asefa y HCC Europe vendieron unas pólizas que se presentaban como las que exige la legislación española (Ley 57/58 y Ley de Ordenación de la Edificación) para cubrir todas las cantidades entregadas a cuenta por los cooperativistas con el fin de conseguir una vivienda. Las normas legales quieren garantizar que, en caso de que no se lleguen a edificar, será devuelto el dinero más el correspondiente interés legal.
El problema surgió cuando las viviendas no se construyeron y los cooperativistas intentaron cobrar el seguro. Asefa y HCC Europe argumentaron entonces que las pólizas que ellas habían vendido eran otras, distintas de las que fija como obligatorias la ley y por las que los cooperativistas habían pagado importantes sumas y en las que las entidades financieras se habían basado para la apertura de cuentas especiales.
Solo en Madrid se estima que hay unas 7.000 familias afectadas. Varios juzgados de primera instancia y la propia Audiencia Provincial de Madrid, con recursos pendientes, estaban a la espera de esta resolución.
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