lunes, 26 de noviembre de 2012

Carlos Biurrun: “La IMD II es un acicate para cambiar”

El XVI Congreso de ACS-CV, que se celebró el pasado viernes en la localidad alicantina de Benidorm acogió el pasado viernes el decimosexto Congreso de la Asociación de Corredores de Seguros de la Comunidad Valenciana (ACS-CV), en la que el proyecto de la IMD II fue el tema principal.

 
  Carlos Biurrun: "La IMD II es un acicate para cambiar"
El consultor Carlos Biurrun aseguró que los cambios derivados de la aplicación futura de esta norma serán “una revolución” que cambiará profundamente el mercado del Seguro. Señaló que la reforma de la directiva es “trascendental, porque creo que será un acicate para cambiar”, y destacó que “todavía estamos a tiempo, ya que el corredor ha de reaccionar y posicionarse”. Desde su punto de vista, “la IMD II no es una amenaza, sino una oportunidad para acabar con las malas prácticas”, abundando en la necesidad de “sentarse a debatir sobre el futuro de la distribución de seguros”.
Para Biurrun, “el seguro en España ha evolucionado notablemente bien, y los corredores se han ido adaptando, pero todavía hay muchos temas centrales que se tienen que cambiar”, como la integración de nuevos canales, el aumento del protagonismo del consumidor, el registro único o la transparencia en la remuneración. Señaló, finalmente, que, pese a que “soy partidario de la máxima transparencia, ello no significa que tengan que desparecer las comisiones”, y aseguró que “corredores y consumidores son aliados”.

JORGE CAMPOS: "DEBEMOS PREPARARNOS Y CONOCER A NUESTRO CONTRINCANTE"

Por su parte, Jorge Campos, director-gerente de FECOR, aseguró que será difícil que IMD II entre en vigor en 2015 tal como se recoge en el texto legal, y subrayó que será durante el periodo de transposición de la norma al ordenamiento jurídico español cuando la Mediación “se la juegue”. En su opinión, “aunque todavía falta mucho tiempo para su aprobación debemos ponernos en marcha, prepararnos y conocer a nuestro contrincante”. En este sentido, destacó la existencia del grupo de trabajo de representantes de la Mediación en la DGSFP, al que la Federación han presentado 37 enmiendas particulares.
Desde FECOR, en palabras de Campos, se entiende que “no es conveniente” una norma que regule la distribución de seguros cuando en España la Ley de Mediación no tiene más que seis años, que además ha supuesto “una gran inversión en formación” de los empleados de las corredurías. “No es el momento, porque puede hacer tambalear muchos negocios”, advirtió, además de que el cambio no lo han reclamado “ni el mercado ni los consumidores”.

Campos apuntó, por último, a la transparencia en la obligación de informar al cliente sobre la remuneración obtenida por el mediador como el punto más sensible en este cambio normativo y explicó los objetivos del ‘Plan Prepara2’ puesto en marcha FECOR para ayudar a los corredores a implementar todas las medidas que finalmente suponga IMD II.

SITUACIÓN ESTABLE DE LA MEDIACIÓN EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

Esta edición del Congreso de la ACS-CV también contó con la participación de Jesús Valero, jefe de la Unidad de Mediación de Seguros Privados de la Consejería de Economía de la Generalitat Valenciana. En su intervención, destacó que el número de corredores y de mediadores tanto en la Comunidad Valenciana como en el total del mercado español se mantiene estable desde 2007. Asimismo, señaló cuáles son los movimientos que están llevando a cabo los corredores valencianos, como el establecimiento de acuerdo entre ellos o la conversión en agentes exclusivos, en auxiliares y en vinculados, figura de la cual aseguró que es “la que menos gusta” a la Administración.
La sesión fue clausurada por David Sanza, presidente de FECOR, que afirmó que hay que prepararse para la llegada de IMD II, a que “el peligro no es solo para los mediadores, sino también para los trabajadores de las compañías aseguradoras”. También insistió en la necesidad de la formación para que las empresas se adapten, y abogó por la unidad de la Mediación como la mejor estrategia para ganar fortaleza frente a estos cambios importantes que nos pueden venir; “unidad –afirmó Sanza- por la que FECOR siempre apostaremos como hemos venido haciendo hasta ahora”.
Antes de finalizar su exposición, Sanza anunció la celebración del Congreso de FECOR de año 2013 en Valencia y pidió a todos los miembros de la ACS-CV su implicación en el mismo.

miércoles, 21 de noviembre de 2012

El pasado 26 de octubre el CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial) aprobó las nuevas condiciones financieras de los instrumentos de este organismo, incrementando la tasa de cobertura de los créditos y manteniendo los tramos no reembolsables y los mecanismos de disposición anticipada.
Con estas medidas, apoyadas por su Consejo de Administración, el CDTI mantiene el apoyo que viene prestando a las empresas innovadoras a través del reforzamiento de su capacidad de financiación, que se verá reforzada para el año 2013 al incrementar su presupuesto desde los 114 millones de euros hasta los 536 millones de euros.


Condiciones financieras

Con esta iniciativa, las ayudas para financiación de proyectos de I+D, ya sean individuales o colectivos, se instrumentarán en forma de préstamos parcialmente reembolsables a un tipo de interés fijo del Euribor a un año + 0,1% establecido en el momento de la aprobación de la ayuda, con una cobertura financiera del 75% del presupuesto, que podrá llegar hasta el 85% en función de la disponibilidad de fondos.

El porcentaje de tramo no reembolsable (TNR), calculado sobre un máximo de
aportación del 75% del presupuesto elegible, se modulará en función del desarrollo por parte de una PYME, la participación significativa de centros generadores de conocimiento, el carácter internacional del proyecto y la disponibilidad de Fondo en la Comunidad Autónoma en que se desarrolle.

Reducción del presupuesto mínimo

Con la intención de dar cabida a ideas innovadoras con un menor volúmen con un menor volúmen de inversión, el CDTI disminuye el presupuesto mínimo admisible hasta los 175.000 euros, en un intento de adaptarlo al efecto persistente de la actual crisis económica.

Mecanismos de disposición anticipada

Los mecanismos de disposición anticipada se establecen de dos formas: 1) Anticipos del 75% en el caso de aquellos proyectos que sean cofinanciados con el Fondo Tecnológico y estén avalados a través del sistema JEREMIE gestionado por el ICO o por aval bancario; y 2) Anticipos del 25% de la ayuda concedida, con un máximo de 300.000 euros, si no existe cofinanciación del Fondo Tecnológico y sin necesidad de garantías adicionales.

Proyectos INNTERNACIONALIZA

Los proyectos de internacionalización de resultados de I+D, INNTERNACIONALIZA, se financiarán a través de créditos parcialmente reembolsables a un tipo de interés del Euribor a un año + 0,1%.  Asimismo, al ser un instrumento exclusivo para pymes el presupuesto mínimo financiable se reduce hasta los 75.000 euros.
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Fotografía del Ecosistema Emprendedor e Inversor del Viernes, 20/07/2012
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Normas para la comunicación por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior:


I. DISPOSICIONES GENERALES

BANCO DE ESPAÑA

Circular 4/2012, de 25 de abril, del Banco de España, sobre normas para la comunicación por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior.

El Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre (parcialmente modificado por el Real Decreto 1360/2011, de 7 de octubre), y la Orden de 27 de diciembre de 1991, de desarrollo del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre (modificada, a su vez, por la Orden EHA/2670/2011, de 7 de octubre), establecen un nuevo sistema de declaración de las operaciones de cobros y pagos exteriores al Banco de España por los proveedores de servicios de pago (entidades registradas). La nueva redacción del artículo 5 de la Orden de 27 de diciembre de 1991 suprime la obligación de que los residentes que efectúen cobros y pagos, cuyo importe supere los 50.000 euros, a través de los proveedores de servicios de pago residentes declaren el concepto de las operaciones, así como la obligación por parte de estas entidades de recabar de sus clientes dicha información y comunicarla junto con el resto de datos de la operación. De acuerdo con dicho artículo, a partir del 1 de enero de 2014 los proveedores de servicios de pago solo proporcionarán los datos de los cobros y pagos en que intervengan cuando su recopilación no incida en el tratamiento automatizado de los pagos y pueda realizarse de manera totalmente automática.

Por su parte, el artículo 8 de la Orden de 27 de diciembre de 1991, en su nueva redacción, establece que los residentes que lleven a cabo transacciones económicas con el exterior o mantengan activos o pasivos en el exterior estarán sometidos a la obligación de facilitar a los órganos competentes de la Administración del Estado y al Banco de España los datos que se les requieran, en la forma, periodicidad y por el importe que este determine, para los fines de seguimiento administrativo, fiscal y estadístico.

Estos cambios suponen que parte de la información sobre cobros y pagos exteriores, que con el procedimiento anterior de declaración se obtenía a través de los proveedores de servicios de pago (como el concepto de las transacciones y la información necesaria para calcular los saldos de activos y pasivos frente al exterior), deba obtenerse a través de su declaración directa por los residentes titulares de estas operaciones, para los fines estadísticos, fiscales y administrativos que establecen las normas mencionadas. Desde el punto de vista estadístico, esta información es imprescindible para poder seguir elaborando, con la calidad requerida por la normativa europea y los organismos internacionales, las estadísticas exteriores, así como los datos de la deuda de las Administraciones Públicas de acuerdo con el Protocolo de Déficit Excesivo (PDE).

Se precisa, pues, la promulgación de una nueva circular que establezca las normas para efectuar estas declaraciones. Al mismo tiempo, es necesario derogar íntegramente las circulares 6/2000, de 31 de octubre, sobre préstamos, créditos y compensaciones exteriores, y 3/2006, de 28 de julio, sobre residentes titulares de cuentas en el extranjero, así como parcialmente la Circular 2/2001, de 18 de julio, sobre declaración de operaciones y saldos de activos y pasivos exteriores en valores negociables, ya que establecían obligaciones de declaración directa por los residentes que realizaban estas transacciones y que ahora se engloban dentro de las nuevas declaraciones.

Por ello, en uso de las facultades que tiene concedidas, el Consejo de Gobierno del Banco de España, a propuesta de la Comisión Ejecutiva, ha aprobado la presente Circular, que contiene las siguientes normas:


Norma primera. Obligación de informar.

Quedan sometidas a lo establecido en la presente Circular las personas físicas y las personas jurídicas (públicas o privadas) residentes en España, distintas de los proveedores de servicios de pago inscritos en los registros oficiales del Banco de España, que realicen transacciones con no residentes (actos, negocios y operaciones que supongan - o de cuyo cumplimiento puedan derivarse - cobros, pagos y/o transferencias exteriores, así como variaciones en cuentas o posiciones financieras deudoras o acreedoras) o mantengan activos o pasivos frente al exterior.

Norma segunda. Contenido de la información.

Los residentes mencionados en la norma anterior informarán al Banco de España, con la periodicidad y excepciones que se determinan en la norma siguiente, de las situaciones y movimientos que se enumeran a continuación:
1. Operaciones por cuenta propia con no residentes, sea cual sea su naturaleza e independientemente de cómo se liquiden, es decir, bien se liquiden mediante transferencias exteriores, a través de abonos o adeudos en cuentas bancarias o interempresa, por compensación o mediante entrega de efectivo.

2. Saldos y variaciones de activos o pasivos frente al exterior, cualquiera que sea la forma en la que se materialicen (cuentas en entidades bancarias o financieras, cuentas interempresas, depósitos de efectivo o de valores, participaciones en el capital, instrumentos representativos de deuda, instrumentos financieros derivados, inmuebles, etc.).

Norma tercera. Periodicidad y excepciones de la información.

1. Se establecen las siguientes periodicidades y plazos de envío de la información, en función del importe que alcancen las transacciones con no residentes y los saldos de activos y pasivos frente al exterior:

− Periodicidad mensual, y dentro de los 20 días siguientes al fin de cada mes natural, si los importes de las transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior, resultan iguales o superiores a 300 millones de euros.

− Periodicidad trimestral, y dentro de los 20 días siguientes al fin de cada trimestre natural, si los importes de las transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior, resultan iguales o superiores a 100 millones e inferiores a 300 millones de euros.

− Periodicidad anual, y no más tarde del 20 de enero del año siguiente, si los importes de las transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior, resultan inferiores a 100 millones de euros. No obstante, cuando el importe no supere el millón de euros la declaración sólo se enviará al Banco de España a requerimiento expreso de éste, en un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de solicitud.

(He corregido dos faltas que había en el párrafo rojo en aras de que se entienda correctamente. Son los detrozos de la Logse que han llegado hasta el BOE. Hay más faltas, pero las he dejado para que los lectores puedan distraerse con el juego de las diferencias).

2. La declaración anual a que se refiere el apartado anterior podrá efectuarse de forma resumida, conteniendo exclusivamente los saldos inicial y final de activos y de pasivos exteriores, la suma total de las operaciones de cobro y la suma total de las operaciones de pago del período declarado, cuando ni el importe de los saldos ni el de las transacciones superen los 50 millones de euros.

3. El Banco de España podrá requerir a aquellos titulares cuyas declaraciones afecten de manera relevante a determinadas rúbricas de las estadísticas exteriores o del PDE para que las efectúen con una frecuencia mayor que la que les correspondería de acuerdo con lo establecido en el punto 1 anterior. Igualmente, podrá requerir que la declaración anual a la que se refiere el aparatado 2 anterior sea realizada sin resumir, detallando los conceptos de las operaciones y saldos correspondientes.


4. Aquellos residentes que, no habiendo alcanzado los límites de declaración establecidos en el apartado 1 de esta norma, los superaran a lo largo del año corriente quedarán obligados a presentar las declaraciones con la periodicidad que corresponda, a partir del momento en el que dichos límites se excedan.

5. A efectos del cálculo de los importes establecidos en esta norma, las transacciones denominadas en moneda diferente del euro se convertirán a euros al cambio diario de la fecha en la que estas se efectúen, y los saldos, a los cambios del último día hábil del período, aplicando los cambios oficiales en caso de que existan y el cambio medio de referencia en los demás casos.

Norma cuarta. Envío de la información.

La información deberá remitirse al Departamento de Estadística del Banco de España, por medios telemáticos, de conformidad con los formatos, condiciones y requisitos establecidos en las «aplicaciones técnicas» de esta Circular. Una versión actualizada de dichas especificaciones se mantendrá en el sitio web del Banco de España, de libre acceso en Internet.

DIsposición transitoria.

Aquellos residentes que estuviesen obligados a facilitar la información requerida de acuerdo con las circulares 6/2000, de 31 de octubre, 2/2001, de 18 de julio, y/o 3/2006, de 28 de julio, deberán seguir facilitándola y declarándola hasta la correspondiente al 31 de diciembre de 2013, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Circular.

Disposición final primera. Derogación de normas.

Quedarán derogadas, con fecha 1 de enero de 2014, las circulares 6/2000, de 31 de octubre, y 3/2006, de 28 de julio, así como el apartado 4 de la norma primera, el apartado 2 de la norma segunda, el apartado 2 de la norma tercera y los cuadros 2 A y 2 B del anejo de la Circular 2/2001, de 18 de julio.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Circular entrará en vigor el 1 de enero de 2013.

Madrid, 25 de abril de 2012.–El Gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.


Como se puede leer en el párrafo resaltado en rojo, casi ninguno de los lectores de Rankia preocupados por la


I. DISPOSICIONES GENERALES

BANCO DE ESPAÑA

Circular 4/2012, de 25 de abril, del Banco de España, sobre normas para la comunicación por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior.

El Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre (parcialmente modificado por el Real Decreto 1360/2011, de 7 de octubre), y la Orden de 27 de diciembre de 1991, de desarrollo del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre (modificada, a su vez, por la Orden EHA/2670/2011, de 7 de octubre), establecen un nuevo sistema de declaración de las operaciones de cobros y pagos exteriores al Banco de España por los proveedores de servicios de pago (entidades registradas). La nueva redacción del artículo 5 de la Orden de 27 de diciembre de 1991 suprime la obligación de que los residentes que efectúen cobros y pagos, cuyo importe supere los 50.000 euros, a través de los proveedores de servicios de pago residentes declaren el concepto de las operaciones, así como la obligación por parte de estas entidades de recabar de sus clientes dicha información y comunicarla junto con el resto de datos de la operación. De acuerdo con dicho artículo, a partir del 1 de enero de 2014 los proveedores de servicios de pago solo proporcionarán los datos de los cobros y pagos en que intervengan cuando su recopilación no incida en el tratamiento automatizado de los pagos y pueda realizarse de manera totalmente automática.

Por su parte, el artículo 8 de la Orden de 27 de diciembre de 1991, en su nueva redacción, establece que los residentes que lleven a cabo transacciones económicas con el exterior o mantengan activos o pasivos en el exterior estarán sometidos a la obligación de facilitar a los órganos competentes de la Administración del Estado y al Banco de España los datos que se les requieran, en la forma, periodicidad y por el importe que este determine, para los fines de seguimiento administrativo, fiscal y estadístico.

Estos cambios suponen que parte de la información sobre cobros y pagos exteriores, que con el procedimiento anterior de declaración se obtenía a través de los proveedores de servicios de pago (como el concepto de las transacciones y la información necesaria para calcular los saldos de activos y pasivos frente al exterior), deba obtenerse a través de su declaración directa por los residentes titulares de estas operaciones, para los fines estadísticos, fiscales y administrativos que establecen las normas mencionadas. Desde el punto de vista estadístico, esta información es imprescindible para poder seguir elaborando, con la calidad requerida por la normativa europea y los organismos internacionales, las estadísticas exteriores, así como los datos de la deuda de las Administraciones Públicas de acuerdo con el Protocolo de Déficit Excesivo (PDE).

Se precisa, pues, la promulgación de una nueva circular que establezca las normas para efectuar estas declaraciones. Al mismo tiempo, es necesario derogar íntegramente las circulares 6/2000, de 31 de octubre, sobre préstamos, créditos y compensaciones exteriores, y 3/2006, de 28 de julio, sobre residentes titulares de cuentas en el extranjero, así como parcialmente la Circular 2/2001, de 18 de julio, sobre declaración de operaciones y saldos de activos y pasivos exteriores en valores negociables, ya que establecían obligaciones de declaración directa por los residentes que realizaban estas transacciones y que ahora se engloban dentro de las nuevas declaraciones.

Por ello, en uso de las facultades que tiene concedidas, el Consejo de Gobierno del Banco de España, a propuesta de la Comisión Ejecutiva, ha aprobado la presente Circular, que contiene las siguientes normas:


Norma primera. Obligación de informar.

Quedan sometidas a lo establecido en la presente Circular las personas físicas y las personas jurídicas (públicas o privadas) residentes en España, distintas de los proveedores de servicios de pago inscritos en los registros oficiales del Banco de España, que realicen transacciones con no residentes (actos, negocios y operaciones que supongan - o de cuyo cumplimiento puedan derivarse - cobros, pagos y/o transferencias exteriores, así como variaciones en cuentas o posiciones financieras deudoras o acreedoras) o mantengan activos o pasivos frente al exterior.

Norma segunda. Contenido de la información.

Los residentes mencionados en la norma anterior informarán al Banco de España, con la periodicidad y excepciones que se determinan en la norma siguiente, de las situaciones y movimientos que se enumeran a continuación:
1. Operaciones por cuenta propia con no residentes, sea cual sea su naturaleza e independientemente de cómo se liquiden, es decir, bien se liquiden mediante transferencias exteriores, a través de abonos o adeudos en cuentas bancarias o interempresa, por compensación o mediante entrega de efectivo.

2. Saldos y variaciones de activos o pasivos frente al exterior, cualquiera que sea la forma en la que se materialicen (cuentas en entidades bancarias o financieras, cuentas interempresas, depósitos de efectivo o de valores, participaciones en el capital, instrumentos representativos de deuda, instrumentos financieros derivados, inmuebles, etc.).

Norma tercera. Periodicidad y excepciones de la información.

1. Se establecen las siguientes periodicidades y plazos de envío de la información, en función del importe que alcancen las transacciones con no residentes y los saldos de activos y pasivos frente al exterior:

− Periodicidad mensual, y dentro de los 20 días siguientes al fin de cada mes natural, si los importes de las transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior, resultan iguales o superiores a 300 millones de euros.

− Periodicidad trimestral, y dentro de los 20 días siguientes al fin de cada trimestre natural, si los importes de las transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior, resultan iguales o superiores a 100 millones e inferiores a 300 millones de euros.

− Periodicidad anual, y no más tarde del 20 de enero del año siguiente, si los importes de las transacciones durante el año inmediatamente anterior, o los saldos de activos y pasivos el 31 de diciembre del año anterior, resultan inferiores a 100 millones de euros. No obstante, cuando el importe no supere el millón de euros la declaración sólo se enviará al Banco de España a requerimiento expreso de éste, en un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de solicitud.

(He corregido dos faltas que había en el párrafo rojo en aras de que se entienda correctamente. Son los detrozos de la Logse que han llegado hasta el BOE. Hay más faltas, pero las he dejado para que los lectores puedan distraerse con el juego de las diferencias).

2. La declaración anual a que se refiere el apartado anterior podrá efectuarse de forma resumida, conteniendo exclusivamente los saldos inicial y final de activos y de pasivos exteriores, la suma total de las operaciones de cobro y la suma total de las operaciones de pago del período declarado, cuando ni el importe de los saldos ni el de las transacciones superen los 50 millones de euros.

3. El Banco de España podrá requerir a aquellos titulares cuyas declaraciones afecten de manera relevante a determinadas rúbricas de las estadísticas exteriores o del PDE para que las efectúen con una frecuencia mayor que la que les correspondería de acuerdo con lo establecido en el punto 1 anterior. Igualmente, podrá requerir que la declaración anual a la que se refiere el aparatado 2 anterior sea realizada sin resumir, detallando los conceptos de las operaciones y saldos correspondientes.


4. Aquellos residentes que, no habiendo alcanzado los límites de declaración establecidos en el apartado 1 de esta norma, los superaran a lo largo del año corriente quedarán obligados a presentar las declaraciones con la periodicidad que corresponda, a partir del momento en el que dichos límites se excedan.

5. A efectos del cálculo de los importes establecidos en esta norma, las transacciones denominadas en moneda diferente del euro se convertirán a euros al cambio diario de la fecha en la que estas se efectúen, y los saldos, a los cambios del último día hábil del período, aplicando los cambios oficiales en caso de que existan y el cambio medio de referencia en los demás casos.

Norma cuarta. Envío de la información.

La información deberá remitirse al Departamento de Estadística del Banco de España, por medios telemáticos, de conformidad con los formatos, condiciones y requisitos establecidos en las «aplicaciones técnicas» de esta Circular. Una versión actualizada de dichas especificaciones se mantendrá en el sitio web del Banco de España, de libre acceso en Internet.

DIsposición transitoria.

Aquellos residentes que estuviesen obligados a facilitar la información requerida de acuerdo con las circulares 6/2000, de 31 de octubre, 2/2001, de 18 de julio, y/o 3/2006, de 28 de julio, deberán seguir facilitándola y declarándola hasta la correspondiente al 31 de diciembre de 2013, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Circular.

Disposición final primera. Derogación de normas.

Quedarán derogadas, con fecha 1 de enero de 2014, las circulares 6/2000, de 31 de octubre, y 3/2006, de 28 de julio, así como el apartado 4 de la norma primera, el apartado 2 de la norma segunda, el apartado 2 de la norma tercera y los cuadros 2 A y 2 B del anejo de la Circular 2/2001, de 18 de julio.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Circular entrará en vigor el 1 de enero de 2013.

Madrid, 25 de abril de 2012.–El Gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.


Como se puede leer en el párrafo resaltado en rojo, casi ninguno de los lectores de Rankia preocupados por la norma tiene la obligación de declarar.

Como no soy experto fiscal, ni mi padre era mariscal, ruego a los expertos en la materia que me corrijan si he dicho alguna tonteria achacable a mi juventud, inexperiencia o, simplemente, a creer que las leyes que se publican se tienen que cumplir hasta que se cambien por otras peores para los súbditos.
Como afrontar una venta  a puerta fría


La venta puerta por puerta es una de las mejores escuelas de técnicas comerciales. Si llegas a dominarla, serás capaz de vender correctamente en cualquier otro escenario. Aquí tienes algunas ideas y recomendaciones para introducirte en esta “dura” práctica.

Planifícate bien
Vender a puerta fría no equivale a hacerlo a ciegas. Escoge una zona donde haya clientes que se ajusten a tu perfil y traza tus rutas para aprovechar el tiempo al máximo. Ve anotando los sitios que ya has visitado para evitar repetirte y mejorar tus itinerarios en los días posteriores.

Mentalízate antes
La venta puerta a puerta requiere una motivación excepcional. No te la tomes como un castigo o un trabajo temporal: enfócala como una oportunidad para aprender y convertirte en un gran vendedor. Si llegas a dominar esta técnica comercial, no habrá otras ventas que se te resistan.

Ponte en su piel
Mírate al espejo e imagina cómo te sentirías si fueras la persona que te abre la puerta. ¿Das una imagen adecuada? ¿Transmites confianza? ¿Tienes pinta de vendedor? ¿O de asesor que viene a resolver una necesidad? Todo esto te ayudará a diseñar una mejor puesta en escena.

Ensaya tu entrada
Las primeras frases son clave para evitar que te cierren la puerta en la cara. Prueba diversas fórmulas breves y directas, centradas en los beneficios de tu oferta y asegurando al cliente que no le harás perder el tiempo ni comprar algo que no necesita. Pule tu entrada hasta que “brille”.

Soluciones Cesce Risk Management.


La gestión del crédito comercial se ha convertido en una tarea de máxima importancia en las empresas. Históricamente, muchas empresas han sentido la necesidad de asegurar aquellos riesgos que consideraban más críticos, pero se veían forzados a cubrir toda su cartera por los Aseguradores de Crédito. Actualmente, además, la realidad económica exige a las empresas optimizar la gestión de los impactos que la recesión, la morosidad y la falta de liquidez tiene sobre su actividad comercial. Este es el marco de necesidad en el que se engloba la creación de uno de los productos más destacados de la compañía: CESCE MASTER ORO.

CESCE MASTER ORO


Se trata de la única solución flexible que permite a las compañías gestionar inteligentemente sus riesgos de crédito y ajustar dicha gestión a su presupuesto. Esta solución de CESCE cubre todo el ciclo de negocio de una empresa y se estructura a través de un abanico de servicios que comprenden la prospección de nuevos clientes solventes, la monitorización de toda su cartera de deudores, una recomendación estratégica de transferencia de riesgos y, si lo desea y en cualquier momento, cobertura sobre los riesgos que la propia empresa decida. Cobertura que da acceso a los servicios de financiación de CESCE: Títulos de Liquidez, Certificados de Seguro y Fondo Apoyo a Empresas.

A través de CESCE MASTER ORO, las empresas pueden mantener monitorizada toda su cartera de deudores y activar la cobertura (Pay Per Cover) de aquellos riesgos que consideren más críticos sin la obligación de cubrir toda su cartera.

Con el seguro de crédito tradicional, las empresas están obligadas a cubrir las ventas a crédito de toda su cartera de clientes. Además, todas las empresas del sector, a excepción de CESCE, aplican una tasa fija por su cobertura, independientemente de la calidad de sus deudores. CESCE rompe el principio de la globalidad, permitiendo a los clientes mantener monitorizada toda su cartera de deudores y activar la cobertura, si lo desea y en cualquier momento, de aquellos riesgos que consideren más críticos sin la obligación de cubrir toda la cartera.

CESCE revoluciona el mercado ofreciéndoles a sus clientes el CESCE MASTER ORO, la única solución flexible e innovadora que les ofrece a las empresas las herramientas más exclusivas de información y gestión que se adaptan a sus intereses y que les permite gestionar inteligentemente los riesgos de créditos a clientes y optimizar su presupuesto mediante:

- Risk Management

- Pay Per Cover

- Informe de Consultoría

- Financiación

- Servicios de Valor Añadido

Risk Management

CESCE pone a disposición de las empresas su conocimiento, experiencia y un innovador sistema de control y vigilancia de su cartera de clientes para asesorarlas en la decisión  seguimiento de sus riesgos. Este sistema ofrece modelos estadísticos de decisión testados sobre diferentes países, que gestionan millones de datos sobre cientos de miles de empresas, lo que representa para el cliente un avanzado mecanismo de outsourcing para el control de sus riesgos. Además, setenta profesionales del análisis de riesgos están permanentemente controlando la cartera de deudores de las empresas clientes y asesorándoles en la gestión de los mismos. Hay que destacar que el servicio Risk Management opera en tiempo real y es accesible a través de distintos canales (Internet, telefonía móvil).

Pay Per Cover

CESCE MASTER ORO permite además a las empresas monitorizar toda su cartera de deudores y activar la cobertura Pay Per Cover de aquellos riesgos que consideren más críticos sin la obligación de cubrir toda su cartera, algo que ninguna otra empresa del sector ofrece y que rompe el principio de globalidad.

Informe de Transferencia de Riesgos

Con la activación de Pay Per Cover, CESCE ofrece a las empresas un ‘Informe de Transferencia de Riesgos’ personalizado que jerarquiza los riesgos según el impacto para la empresa en función de la criticidad y la calidad del riesgo de crédito de su balance y recomienda una estrategia de transferencia del riesgo que optimice su presupuesto.

Financiación


Ejecutivos
CESCE quiere ayudar a las empresas a paliar el profundo problema de la falta de liquidez y por ello ha diseñado el nuevo servicio de financiación, incluido en la solución CESCE MASTER ORO. En el contexto de la actual restricción crediticia, este servicio ofrece un alivio financiero a sus clientes, ya que ofrece acceso a los Certificados de Seguro y Títulos de Liquidez de CESCE, así como al nuevo Fondo Apoyo a Empresas.

Los Títulos de Liquidez son documentos emitidos sobre facturas cubiertas por el seguro y constituyen una garantía personal de CESCE a favor de las entidades financieras. CESCE ha llegado a acuerdos, por el momento, con BBVA, Banco Sabadell, Banesto y Banco Popular para ofrecer financiación a los clientes.

Los Certificados de Seguro son documentos emitidos por CESCE sobre los créditos individualmente seleccionados y cubiertos que otorgan valor de mercado al seguro de crédito frente a los bancos y facilitan la obtención de financiación.

Fondo Apoyo a Empresas

El Fondo Apoyo a Empresas ofrece a los clientes un nuevo canal de financiación no bancario. Por este canal, las empresas pueden obtener liquidez de una forma ágil y segura, ya que utiliza el descuento de facturas, por lo que deja libre las líneas de crédito para otros productos de financiación, además de que la operativa también es muy atractiva para el deudor. Es una financiación no cíclica y no depende de qué prioridades tienen las entidades financieras.

CESCE facilita la financiación a las empresas a través del Fondo de Ayuda a Empresas a un tipo muy competitivo y sin venta cruzada de otros productos. Además, el proceso de aprobación es muy ágil, ya que la financiación se hace efectiva en el plazo de seis días desde la solicitud, dentro de un circuito de contratación totalmente automatizado (online a través de la plataforma CESNET).

Servicios de Valor Añadido. CESCE MASTER ORO también incluye Servicios de Valor Añadido que, entre otros beneficios, cuentan con herramientas que permiten a las empresas encontrar nuevos clientes solventes en España o en el exterior. Existen dos packs de servicios exclusivos, CESCE MASTER ORO Supra y CESCE MASTER ORO Élite, que contemplan servicios de prospección (Prospecta), búsquedas de clientes potenciales en cualquier país del mundo (GRS), servicio de vigilancia de prensa e incidencias judiciales más relevantes (Prens@mail), certificar la identidad de empresas de forma sencilla (OTS). Estos servicios proporcionan el desarrollo de nuevos mercados desde la plataforma más segura, a través de la prevención de impagos y de aplicar una política de precios variables en función de la calidad de riesgo. CESCE tiene el compromiso de añadir valor comercial con un enfoque radicalmente innovador y diferente, lo que hace más fácil y rápida la internacionalización de las empresas.


Empresas  con ganas de internacionalizarse.


Los emprendedores que se hayan planteado dar el salto al mercado internacional, exportando sus productos y su propio negocio, se encuentran en ocasiones con dificultades para saber cómo hacerlo. No es algo fácil de realizar sin conocimientos ni apoyo, por lo que ideas como la que ha producido Banco Sabadell se agradecen de una manera muy significativa.

Su propuesta es Exportar para crecer, un plan en el que se han unido a un grupo de empresas destacadas en cuanto a servicios de internacionalización y que propone a los empresarios una muy buena oportunidad de comenzar a obtener buenos resultados fuera de las fronteras.

Además del apoyo de estas empresas, entre las que se encuentran Arola, CESCE, ESADE, AMEC, Garrigues y AENOR, Exportar para crecer propone el acceso a distintos servicios de interés que proporcionan un buen punto de partida al emprendedor. En este sentido hay que se ofrece una guía práctica de comercio exterior, un autodiagnosticador del perfil del exportador, un selector de incoterms, así como acceso a un blog desde el cual se puede obtener información sobre las actividades exportadoras. Acerca de estos contenidos y servicios se puede conseguir información añadida aquí.


Pero con estas características no acaban las posibilidades de las que hacen uso los emprendedores gracias a Exportar para crecer, dado que también se reciben otra serie de ventajas. Por ejemplo, jornadas con vídeos donde se repasan lo más notorio de la participación de los socios en talleres, microsesiones a modo informativo que educan sobre el comercio exterior, casos de éxito comprobado y videosesiones a través de la red que permiten plasmar con eficiencia la optimización de los negocios.

Estos contenidos son otro paso más en el camino del emprendedor hacia lograr una presencia internacional de peso y cara a obtener beneficios en cuanto a la exportación, todo con la garantía que proporciona Banco Sabadell.

PERFORMANCE BONDS

Performance bonds es una garantia de cumplimiento que tiene como finalidad garantizar el posible incumplimiento de las obligaciones según el contrato establecido hasta la fecha/s previstas para el cumplimiento de las mismas.
 
 Este tipo de garantías son muy utilizadas en el Comercio Internacional por cuanto su
 utilización es muy diversa. Se utiliza para contratos de suministros de mercancías, prestaciones de servicio,funcionamiento de máquinas e instalaciones, etc.
 
 Al igual que la Garantía de Licitación, suele ser un porcentaje determinado sobre la
 operación principal contratada.

martes, 13 de noviembre de 2012

Reforma de la Ley de contrato de seguro.

En España vivimos un proceso de revisión del marco regulatorio del contrato de seguro que se inició en el año 2.006 y ha llegado a nuestros días sin quedar culminado, ello a pesar de la coincidencia generalizada a la hora de admitir la necesidad de la reforma legal del contrato de seguro, como un instrumento fundamental en el sector de los riesgos y seguros.

El sector asegurador español se enfrenta en los próximos meses a la reforma de la Ley de Contrato de Seguro. Transcurridos 32 años desde la promulgación de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS), se ha planteado –nuevamente- la necesidad de afrontar su reforma para adecuarla a las exigencias de la práctica aseguradora actual. Supone no sólo regular nuevas figuras o ramos, sino también reformar o suprimir algunas previsiones que han perdido su razón de ser y resultan, cuando menos, anacrónicas respecto al resto del ordenamiento jurídico.

El texto legal vigente ha experimentado ya con anterioridad algunas modificaciones parciales motivadas, principalmente, por la recepción de directivas comunitarias: normas de derecho internacional privado, coaseguro comunitario o comercialización a distancia. En estas ocasiones también fueron objeto de revisión algunos artículos como el deber de declaración del riesgo o los intereses moratorios.

Aseguradores, asegurados, mediadores de seguros, peritos y otros grupos de interés implicados en la reforma, se afanan en aportar su granito de arena para mejorar un texto que durante años ha respondido satisfactoriamente a infinidad de situaciones de la vida de los contratos de seguro, pero que también ha originado dificultades de interpretación  y conflictos que terminaron en los órganos judiciales, con una abundante jurisprudencia de Tribunal Supremo.

El debate sobre la reforma en los últimos seis años ha sido positivo. La reforma se vio necesaria por la exigencia de los cambios económicos y sociales, una reforma legal que no sólo debe desprenderse de su excesivo rigor formalista para que puedan desarrollarse las nuevas formas de contratación electrónica, sino que, además, debe hacer el seguro más transparente, dar cabida a todas las tipologías de contratos de seguro (como pérdidas económicas, decesos y dependencia), que tanto actualmente como en un futuro puedan comercializarse, así como normas de derecho internacional privado y otros requerimientos  reflejo de las necesidades de aseguramiento que en cada momento requiera la sociedad.

El dilema es ¿una nueva Ley o la reforma parcial de la ya existente?

Ambas alternativas son posibles partiendo del texto de 1980 que –como dijimos- ha resultado de gran utilidad durante años, pero mejorando todo lo posible su contenido, incorporando las soluciones propuestas por la doctrina y la jurisprudencia a los conflictos planteados en los últimos 32 años. Pero, no nos engañemos, son dos formas distintas de afrontar el cambio regulatorio. La reforma total, se proyectó por la Comisión General de Codificación como un Título del futuro Código Mercantil actualmente en elaboración. El contrato de seguro se integraría junto con las distintas tipologías de contratos mercantiles, ahora dispersos en distintas leyes. La inclusión en este Código debería garantizar la mercantilidad del contrato de seguro para asegurados que sean empresarios, así como el tratamiento proteccionista para el resto de consumidores y usuarios; sin embargo, la modificación parcial del texto legal por la vía de una disposición adicional a la futura Ley de Ordenación y Supervisión del Seguro Privado, puede resultar insuficiente si permanecen sin resolver los problemas que hemos detectado en los años de vida del texto legal vigente.

Dada la relevancia de los cambios que se pretenden acometer sería muy frustrante mantener lagunas legales o  “silencios” a problemas a duras penas resueltos por  los Tribunales en las pasadas tres décadas.

Esas carencias evidencian necesidades de reforma, cuya oportunidad histórica sería imperdonable desaprovechar

domingo, 11 de noviembre de 2012

Las redes sociales corporativas serán la principal herramienta de comunicación en 4 años.

Un negocio que moverá 6.400 millones de dólares en 2016


Cloudstage, el encuentro mensual que reúne a expertos tecnólogos para debatir sobre la temática cloud, abordó en su novena edición “Cloud y Redes Sociales Corporativas” el impacto y los cambios que generan estas herramientas en la forma en que las empresas se comunican, relacionan y colaboran con sus empleados, clientes y proveedores. acens Cloudstage (#cloudstage) contó con Lluis Font, cofundador y CEO de Zyncro, empresa referente del sector de redes sociales corporativas con sede en ocho países, y con una larga trayectoria emprendedora.

Según datos de la consultora Forrester Research, el negocio mundial de software para crear y gestionar redes sociales corporativas crecerá un 61% anual hasta facturar 6.400 millones de dólares en 2016.

Una de las razones del crecimiento exponencial de estas herramientas es la nube, ya que facilita que la información de la compañía, los empleados y los clientes esté disponible en cualquier momento, accesible desde cualquier dispositivo y eleva la productividad al eliminar tiempos muertos esperando una respuesta a un correo electrónico, al poder compartir información valiosa, al evitar duplicar trabajos y tareas y al permitir la discusión en tiempo real sobre un asunto.

“En menos de cuatro años las redes sociales corporativas serán la principal herramienta de comunicación de las empresas. Estamos sólo en el primer 10% de lo que pueden ser”, vaticina Lluis Font, CEO de Zyncro que tienen estimado que el uso de estas herramientas genera ahorros de hasta 15.000 dólares anuales y reduce un 40% el uso del email ya que envías mensajes a grupos de trabajo y no una cadena de emails a 25 personas.

Parte de ese ahorro es gracias a la nube, que rompe las barreras financieras de entrada a tecnologías innovadoras y, además, garantiza unos niveles de servicio y de disponibilidad de servicio superiores al que ofrecen los equipos e infraestructura de la propia empresa. “La nube te ayuda a acelerar la puesta en marcha de proyectos y a acelerar los procesos de negocio dentro de la empresa”, asegura Font.

La nube también es un aliado perfecto a la hora de facilitar la integración de aplicaciones de la propia compañía o con aplicaciones y servicios de terceros que también están en la nube, y para gestionar toda la información o big data que genera el tener a tantas personas y cosas interconectadas. “Pasamos de un contexto de infoxicación y caos a un flujo de información ordenado en el que podemos sacar información muy valiosa de todo el contenido que se genera”, explica Lluis Font.

jueves, 8 de noviembre de 2012


Aprobada la Ley de prevención y lucha contra el fraude.


El pasado día 30 de octubre se publicó en el BOE la Ley 7/2012 de prevención y lucha contra el fraude, que pretende intensificar la persecución y sanción ante el fraude fiscal y la economía sumergida.

Las medidas son varias y afectan al IRPF, al IVA y al Impuesto de Sociedades. Además se instaura la obligación de informar de los bienes en el extranjero, se aumenta el poder y las atribuciones de los inspectores de hacienda, entre otras medidas. Se han orquestado una serie de medidas que buscan, por un lado, rebajar el efecto que el fraude tiene sobre los ingresos de la Administración y por el otro aumentar ésta por todos los medios, aunque sea presionando más de lo necesario a los más pequeños, a pesar de que son los grandes los verdaderos responsables de esa merma de ingresos.

Limitación de pagos en efectivo.

Se impone un límite máximo de 2.500 euros para los pagos en efectivo de las operaciones en las que intervengan empresarios o profesionales, excluyendo las operaciones con entidades financieras. El importe de la sanción que se aplicará en caso de incumplir esta norma será del 25% del importe de la operación.

La responsabilidad por el incumplimento de esta norma será solidaria para el pagador y el cobrador, así que la Administración podrá dirigirse contra cualquiera de ellos, aunque se eximirá de la misma a aquellos que denuncien estos incumplimientos en el plazo de tres meses desde la fecha de pago. Los intervinientes estarán obligados a guardar los justificantes de pago de estas operaciones durante cinco años.

Exclusión del régimen de módulos

Los empresarios acogidos al método de tributación por estimación objetiva, módulos, y que facturen menos del 50% de sus ingresos a particulares, serán excluidos de este régimen tributario siempre que sus rendimientos íntegros superen los 50.000 euros anuales.

Información sobre bienes en el extranjero

Todos los contribuyentes estarán obligados a presentar una declaración informativa sobre sus bienes situados en el extranjero. La obligación de informar se extiende a las cuentas bancarias, títulos o valores e inmuebles situados en otros países, independientemente de que tanto la adquisición como la tenencia de los mismos se esté declarando según la legislación de esos países.

En caso de no presentar en plazo o presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos estas declaraciones informativas se considerarán sanciones muy graves. También lo serán la presentación de las mismas por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos.

Las sanciones a aplicar en estos casos serán una multa fija de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma cuenta que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000 euros.

Nuevas sanciones

Se introducen dentro del régimen sancionador ciertas situaciones. Aquellos contribuyentes que presenten una declaración en papel cuando estén obligado a realizarla por vía telemática podrán ser sancionados con 1.500 euros.

Si la Administración envía un requerimiento a un contribuyente para que éste aporte determinada información y no lo hace en el plazo indicado será sancionado con 1.000 euros si el contribuyente es un particular y con un mínimo de 3.000 euros en caso de empresarios autónomos, profesionales o sociedades. La sanción máxima para estos últimos será de 600.000 euros.

Aquellos contribuyentes que estén siendo inspeccionados por la Administración Tributaria y no colaboren con los funcionarios encargados del procedimiento serán sancionados con una multa que de entre 1.000 y 100.000 euros en caso de los particulares y con un máximo de 600.000 euros en el caso de empresarios.

 

 

martes, 6 de noviembre de 2012


Gamificacion , algo mas que una moda.

Si no ha escuchado nunca este neologismo es hora de que vaya prestándole atención porque es una de las últimas tendencias que se está imponiendo en los últimos meses en la gestión empresarial, especialmente entre las pymes tecnológicas.

 Como su nombre puede invitar a adivinar, Gamification tiene que ver con los juegos, e implica aplicar los conceptos y las técnicas de estos a entornos empresariales que nada tiene que ver con ellos. Se trata de una novedosa forma de plantear la relación con el cliente o futuros clientes que es especialmente interesante si son jóvenes, ya que están más habituados a consumir juegos tecnológicos.

 Una estrategia de gamification no es poner un anuncio en medio de uno de esos juegos que arrasan, (en terminología ‘marketiniana’, eso se llamaría advergaming). La gamification requiere el diseño de una experiencia (que puede ser de consumo, de información, etc) en base a los términos habituales del juego: recompensas, puntos, niveles, monedas virtuales, rankings… Todo vale para conseguir el objetivo de incentivar un determinado comportamiento del consumo humano, sólo hace falta acompañarlo de una buena dosis de imaginación.

 Quienes desconozcan el termino podrían pensar que esta es una técnica reservada a la sofisticación de las grandes empresas, y aunque es en las multinacionales donde mayor conocimiento de ella existe, un estudio realizado por Wonnova, una empresa especializada en la gestión y motivación de personal en puestos complicados, confirma que “las pymes son las pioneras en el uso de estas estrategias”. En concreto, “dentro el sector tecnológico el 25% de ellas ya ha implantado en alguna ocasión alguna experiencia de gamification”.

 El marketing es el área que más está apostando por esta novedad, aunque desde Wonnova afirman que “el éxito en la gestión de los recursos humanos de la empresa también está asegurado”, y lo dicen por experiencia propia. Lo cierto que es que, según los expertos, las posibilidades de aplicación son infinitas. Aunque, como en todo, siempre hay unos clásicos que se repiten y que en esta ocasión serían:

 * Programas de fidelización, para lograr que los clientes vuelvan una y otra vez a tu negocio, ya sea un hotel, como Hilton, o una cadena de comida rápida como Subway.

 * Integración de aplicaciones móviles, donde los mejores ejemplos se encuentra en la estrategia de Foursquare o Miso, que premian a sus usuarios con descuentos, productos gratuitos, etc.

 * Integración web. Muy de moda entre los medios de comunicación está premiar a los lectores que superaren la lectura de un determinado número de artículos, o compartan los temas.

 Atendiendo a los resultados obtenidos por el uso de esta técnica, los expertos de Wonnova prevén que en los próximos años, en España, siga se extendiéndose su uso, ya que el 21,3% de las empresas encuestadas que ya la han utilizado y valoran los resultados como buenos y excelente en un 81,1% de los casos. De ellos, además, el 87,4% tiene previsto seguir invirtiendo en gamification durante el próximo año. Fuera de España, el boom de esta nueva técnica se produjo en 2011. Los datos que maneja la web especializada Marketingdirecto.com aseguran que en ese año se invirtieron 25 millones de dólares en gamification en todo el mundo y se publicaron ocho libros sobre el tema. Gartner Research incluyó la gamification en su gráfico anual de tecnologías emergentes y la editorial de noticias Morris Interactive constató en un estudio que el nivel de lealtad de sus lectores se multiplicó por tres tras aplicar técnicas de gamification.

 Todo apunta que estamos ante una tendencia que llega para quedarse, adoptarla ahora en tu empresa o esperar a que lo haga la competencia está de tu mano. En cualquier caso, te invitamos a conseguir más información sobre gamification y los principales casos de éxito en a través de una potente infografía realizada por bigdor

Chile, el país iberoamericano con un crecimiento más ordenado.

 

Energía, medio ambiente, agricultura y tecnología son los sectores más punteros de un país en pleno crecimiento. Para hacerse un hueco en este mercado es conveniente contar con apoyo local.


“Chile es un país con una tasa de crecimiento muy elevada y jurídicamente fiable. En materia empresarial tiene una legislación similar a las europeas y tecnológicamente está muy avanzado. Su potencial es enorme y, además, desde aquí se puede llegar al resto de Sudamérica y Asia gracias a los acuerdos comerciales que mantiene con la mayoría de los países de la zona”. El empresario español Fernando Alfageme, gerente comercial de Servincal, una empresa especializada en servicios de ingeniería de calidad que opera en Chile desde octubre de 2011, explica así la oportunidades que ofrece el país.

Se trata de un destino atractivo para muchos emprendedores. Según el Business Environment Ranking elaborado por Economist Intelligence Unit, Chile ocupa la primera posición entre los países iberoamericanos con mayores facilidades para hacer negocios y, además, ocupa el puesto número 11 del mundo en el índice de libertad económica realizado por la Fundación Heritage.

Sectores

Los campos para emprender son muchos: destacan los relacionados con la energía que además están muy ligados a la innovación y al desarrollo tecnológico. Otro foco importante es el medio ambiente, los proyectos de consultoría y tratamiento de residuos líquidos y sólidos. A estos nichos de mercado se suma el ámbito agrícola, potenciado desde el Gobierno para fomentar el crecimiento y desarrollo de regiones olivícolas y vitivinícolas, entre otras.

Para tener éxito en la implantación el proceso debe estar muy meditado. Alfageme reconoce que “llevábamos cuatro años preparando la externalización de la firma. Nos integramos en el Plan de Iniciación a la Promoción Exterior (PIPE) del Instituto de Comercio Exterior (Icex) y elaboramos el proceso de manera detallada”. Este empresario comenta que “cuando llegas te das cuenta del desconocimiento que tienes del Chile real. Por eso, necesitas conocer a alguien que te ayude a implantarte y evitar equivocaciones. Por ejemplo, la elección del representante legal –figura inexcusable en Chile– es esencial”.

Otra española, Laura Adrubau, fundadora de Cal Pediu, una empresa que se dedica a la elaboración y venta de embutidos, también coincide en que la ayuda de una persona del país es decisiva: “En Chile si no vas recomendado por un amigo no te abren las puertas”. Abrubau llegó al país andino en 2010 acompañando a su marido, expatriado en un proyecto de ingeniería de Aguas de Barcelona. Empezó a hacer los embutidos siguiendo la receta familiar para consumo propio y para amigos y, poco a poco, la demanda fue creciendo hasta casi arrastrarla a crear su propia tienda.

La empresaria dice que su mayor dificultad ha sido hacerse un hueco en el mercado, porque este tipo de productos no son tan conocidos allí. Por eso, su apuesta es la calidad: “Mi objetivo es distribuir en tiendas gourmet y abrir una segunda tienda en el centro de Santiago de Chile”.

Entorno laboral

Por lo que se refiere a la cultura y modo de trabajar Adrubau avisa de que, aunque compartimos idioma, tenemos muchas diferencias. “Hay mucho vocabulario propio y tienden a ofenderse por nuestra forma de hablar y trabajar, ya que somos muy sinceros y directos. Ellos son políticamente correctos y le dan muchas vueltas a las cosas antes de decir no”, señala.

Por su parte, Alfageme insiste en que “es esencial acudir con la mente abierta y sin comparar países. Tienen una forma de trabajar muy definida”. Asimismo avisa que “si sólo quieres salir huyendo de España, piensa que tienen de todo. Hay que tratar de abrir tu mercado y ser flexible en tus objetivos. Es un país muy potente y en crecimiento, pero no te regalan nada. No existe la cultura de la subvención o las ayudas. Lo que consigas será por tu esfuerzo”.

El Silicon Valley de la innovación en América Latina

El Gobierno chileno sabe que el sector tecnológico es uno de los de mayor futuro. Por eso, desde 2010 apuesta seriamente por él. Ejemplo de ello es ‘Start-Up Chile’ (http://startupchile.org), un programa ejecutado por la Corporación de Fomento de la Producción del Gobierno chileno (Corfo) vía InnovaChile, que busca atraer emprendedores de alto potencial cuyas start up están en etapas tempranas para que vayan a Chile y utilicen el país como plataforma. La meta final es convertir al país andino en el polo de innovación y emprendimiento de América Latina. Para ello se les facilita el acceso a redes de capital y sociales, aunque también se les pide ciertos compromisos.

Por ejemplo, la instalación en Chile como empresas formales, la contratación de talento local y la participación en seminarios y eventos para la difusión del programa ‘Start-Up Chile’. En 2010, como iniciativa piloto, más de 20 proyectos de 14 países fueron seleccionados; en 2011 se recibieron más de 1.500 solicitudes, de las que se seleccionaron alrededor de 300 proyectos.

Pautas para la incorporación al mercado local

Antes de lanzarse a crear un negocio en Chile conviene tener en cuenta una serie de aspectos:

Inversión inicial. Para la constitución de una sociedad en Chile la Ley no señala una cifra de capital mínimo, pero sí puntualiza que éste debe estar desembolsado en un plazo no superior a tres años.

Tipos de sociedades. En líneas generales, la legislación mercantil chilena contempla formas societarias bastante similares a las conocidas por las empresas españolas, aunque con otro tipo de requisitos. El tipo de empresa más frecuente es la sociedad anónima (S.A.) y la sociedad de responsabilidad limitada (Ltda). No obstante, en los últimos años y para facilitar la creación de empresas, se han establecido dos nuevos tipos de sociedad: la empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) y la sociedad por acciones (SpA). Asimismo, se encuentra en trámite el proyecto de ley que busca acelerar la creación de una empresa en Chile.

Tiempo de constitución. Según datos de la OCDE, el tiempo promedio de creación de una empresa en el país andino es de 27 días y hay que completar 8 trámites administrativos.

Patente municipal. Este gravamen es el equivalente al impuesto de constitución de sociedades español y oscila entre el 0,25% y el 0,5% del capital.

Sistema bancario. Es muy rígido y puede convertirse en un obstáculo importante, sobre todo para un inversor extranjero. Las mayores trabas están relacionadas con la apertura de cuentas, la transferencias de divisas y la solicitud de créditos.

 

 

lunes, 5 de noviembre de 2012


Diez claves para salir al exterior con éxito.


Alternativas rentables para sus negocios. Eso es lo que están buscando las empresas ante la actual crisis. Una de las respuestas más comunes es la internacionalización. Pero surgen los miedos, las dudas, el temor a lo desconocido. Para pisar fuerte en otro país, y no caer de bruces en la aventura exterior, Chances Solution, consultora experta en comercio exterior y franquicias, ha elaborado el siguiente decálogo.


Conocer en profundidad la cultura del país de destino. Es imprescindible estudiar los hábitos y las costumbres de la zona escogida, para adaptar nuestra comunicación interpersonal al nuevo ámbito.

Realizar un exhaustivo estudio de mercado. Esta evaluación previa es muy importante, ya que gracias a ella se conocerán las peculiaridades locales, así como sus necesidades, por lo que, sin duda, reportará beneficios a la empresa.

Ofertar un producto adecuado. No es recomendable trasladar un modelo de negocio a otro país, si lo que se ofrece no reúne una serie de cualidades ineludibles que garanticen su éxito. Además, hay que tener en cuenta, por ejemplo, que algunos sectores como el alimenticio tienen aranceles muy fuertes y que el textil sufre la dura competencia desde China.

Disponer de liquidez. También es muy importante contar con una cantidad de dinero, que dependerá de cada fórmula de negocio, para estar precavido ante cualquier controversia que pueda producirse durante los primeros meses.

Diseñar un plan de acción. Es esencial que se guíe por una hoja de ruta confeccionada previamente por un experto en materia de internacionalización, con el objetivo de que la implantación coseche resultados fructíferos desde el principio, sin ninguna traba que afecte al proceso.

Búsqueda de clientes potenciales. Conocer desde el primer momento a quién nos vamos a dirigir reportará muchos beneficios al procedimiento. Es imprescindible actuar pensando siempre a quién queremos darnos a conocer.

Escoger bien el país de destino. Chances Solution considera que Latinoamérica tiene un gran potencial, por afinidad cultural, estabilidad y los beneficios que ofrece a España en todos los sentidos. Este diagnóstico del destino es un trámite que no se puede obviar ya que hacerlo puede actuar en detrimento de nuestros intereses.

Búsqueda de socios locales. En muchos países se considera un requisito para la implantación de una empresa extranjera la realización de un acuerdo de colaboración con un socio local. En el caso de que no sea obligatorio, es recomendable para encontrar apoyos de diversa índole en compañías locales.

Asesoramiento. Acudir a una consultora es vital para emprender la aventura empresarial mediante una correcta estrategia de acceso, ya que redundará de manera positiva en nuestro plan de acción. El saber hacer de un consultor es imprescindible para que aporte garantías a la internacionalización.

Adaptar la oferta a los gustos locales. Es crucial amoldar los servicios que ofrece una determinada compañía a los gustos y necesidades de los futuros potenciales clientes, para garantizar su éxito desde el comienzo de la andadura.

 


"La banca exige a las pymes hacerse seguros para concederles los créditos"
 
Las estrategias anticrisis de aseguradoras y banca fijan un doble desafío para las corredores de seguros. Martín Navaz, al frente de la asociación que aglutina a las grandes corredurías -intermedian el 76% de las pólizas del sector- lamenta que las aseguradoras les trasladan labores no retribuidas para aliviar sus costes y que la banca ejerce una competencia cuestionable. Han abierto batalla en Bruselas contra la colocación indiscriminada de seguros en el pack de los créditos. Exigen transparencia para dar la oportunidad al cliente de hacer números.

La necesidad de apretarse el bolsillo ¿produce alguna falta de cobertura en particulares o empresas?

Es posible que si no estás bien asesorado, con tu agente o tu corredor, estés haciendo recortes mirando solo la prima y si tienes que reducir tu gasto en seguros, redúcelo con criterio y no de forma arbitraria, que no sufras falta de cobertura. Por ejemplo, introduciendo una franquicia. A lo mejor es asumible una franquicia de 100 euros. Y hasta el seguro de hogar se te puede abaratar mucho, en lugar de anularlo

¿El perfil del cliente ha cambiado mucho con la crisis ?

Una burrada. Se ha vuelto mucho más exigente, está mejor informado y tiene a su alcance una enorme cantidad de posibilidades de comparar y ver si lo que le ofreces es lo mejor o no. Hay comparadores que han hecho una labor de comparar precios buena. No contratan todo lo que podrían pero la gente se informa con ellos y luego contrata con su corredor o agente, que es el que le da el servicio después.

Los comparadores ¿están poniendo en valor al mediador? Curioso

Claro. Si tú tienes el mismo precio y a ellos no puedes verles la cara y en mi caso tienes mi móvil, sabes donde está mi oficina y llamas cuando lo necesitas... Eso tiene bastante valor. Tenemos la impresión de que la gente se informa ahí, y luego llama y contrata. A nosotros nos llaman cada vez más informados del precio de referencia que debería de tener el seguro y te aprieta, pero acaba contratando contigo si aceptas el precio. Y las compañías clásicas (Generali, Catalana, Mapfre...) son capaces de dar un buen precio igual que el comparador Rastreator. Este tipo de compañías han hecho bajar los precios. Otra cosa es que su figura, desde la óptica legal, tenga que ser muy clara, igual que mi figura de corredor o agente lo es. No puede ser que estén ahí en una nebulosa.

Si se puede pagar menos, ¿no es que antes se pagaba de más?

En automóviles hay un factor fundamental: el hecho de que se utiliza menos el vehículo por la crisis y el carnet por puntos ha bajado la siniestralidad de forma espectacular. Está al nivel del año 63. Así, las compañías se han podido permitir bajar precios y siguen dando razonables beneficios. En el resto de ramos no hay tanta guerra de precios.

El malestar con la venta en la banca de productos como las preferentes, ¿ha beneficiado al seguro?

Ha ganado mucha credibilidad porque ha hecho muy bien las cosas estos años. No ha habido crisis en compañías, salvo en la americana AIG y por no dedicarse a los seguros. Por eso, la percepción que tiene el asegurado en la calle es buena y la que tiene de la banca, como dices, es muy mala. Ha ganado credibilidad, pero en épocas de crisis donde hay pocas posibilidades todavía de ahorro, no ha sido capaz de recoger todo esto.

Una de sus luchas en Bruselas es que se desvinculen los préstamos de la contratación de seguros...

Lo que pedimos es que si te hacen una operación financiera y te obligan a contratar el seguro, que el banco te detalle: le voy a dar el euribor más cuatro puntos pero si usted me hace el seguro, la tarjeta y no sé qué más, el euribor más tres y medio. Que tengas opción de ver la diferencia que existe entre uno y otro. Lo que no puede hacer es darte un préstamo y que te enchufe una serie de cosas por detrás en el paquete, que ni puedes comparar y además te dice que son obligatorias. Y luego el seguro de hogar igual es el 50% más caro del que hay por ahí porque no les hace falta competencia. Y hogar es relativamente obligatorio porque tienes que tener un seguro de incendios, pero en Vida, te obligan muchas veces a contratarlo, no es obligatorio, y te lo cobran todo de golpe metiéndotelo en la financiación. Lo que pedimos es que te detallen las condiciones del préstamo sin seguros y con ellos para que puedas hacer cuatro números y ver si te merece la pena o ahorras más si te lo haces con tu agente o corredor. No puede ser que vayas a hacer una hipoteca y entre las condiciones te coloquen hasta en la escritura que debes tener seguros.

Eso de que hacen los seguros más caros, de verdad ¿es tan general?

Las entidades dan pocos préstamos, y los que dan les fijan las condiciones que quieren. Pero está pasando en el seguro industrial también. La competencia de la banca es dura. A nivel pymes, que están ahí enganchadas y le dan el préstamo después de cobrarles el oro y el moro, les piden hacer también seguros.

¿Aprovechan sus dificultades para colocarles pólizas?

Todo lo que pueden, pero es difícil de demostrar, porque necesitas al cliente cómplice. Le dices que puedes enviar una reclamación al Banco de España y a la Dirección General de Seguros diciendo que lo que les exigen y te piden que no lo hagas porque le puede poner a malas con el banco y lo necesita.

Volvamos a su sector, ¿habrá integraciones como en otros?

Deberían de producirse. Se va mereciendo que algunos actores vayan poco a poco disolviéndose, asociándose, fusionándose.., haciendo algo que permita tener cierta dimensión. No tiene sentido que con clientes tan exigentes y costes tan ajustados siga la misma estructura.

 

 


La balanza por cuenta corriente arroja en agosto el mejor resultado de la era euro.
 
 

El sector exterior logra un saldo mensual positivo de 1.244 millones, según el Banco de España

Las claves son la afluencia de turistas extranjeros y el recorte del déficit comercial

En los ocho primeros meses del año, el déficit exterior se reduce un 26% respecto a otros años.

internacional Turismo español en el extranjero Recesión económica Exportaciones Balanza comercial Comercio exterior Coyuntura económica Destinos turísticos Economía Turismo Comercio


El sector exterior se mantiene como el único foco de buenas noticias de la economía española. Los datos de la balanza por cuenta corriente de agosto, que divulgó este miércoles el Banco de España, desvelan el mejor resultado desde el inicio de la era euro, en enero de 1999. En el mes cumbre de la temporada alta turística, la economía española se anotó un superávit por cuenta corriente de 1.244,2 millones. En la serie estadística que maneja el organismo supervisor, desde 1990, solo hubo dos meses (también en agosto, en 1997 y 1998) con mejores resultados.


La balanza por cuenta corriente suele arrojar sus mejores resultados en agosto, reflejo del peso significativo que tiene el turismo en la economía española. Y este año ha resultado la mejor expresión de este fenómeno. El gasto de turistas extranjeros en España, según la contabilidad de la balanza de pagos, alcanzó este mes de agosto un récord, con 5.814 millones. Además, el saldo de turismo y viajes, se vio favorecido por el descenso del gasto de los españoles en el extranjero, muy afectado por la nueva recesión. El desembolso turístico en el exterior este mes de agosto (1.272 millones) fue muy inferior al de agosto de 2007 (1.584 millones), en la cúspide del boom económico.


La estadística de la balanza de pagos no hace sino confirmar el buen comportamiento que ha tenido el turismo extranjero este verano, con 27,6 millones de visitantes, un 4% más que el mismo periodo de 2011, que ya había sido muy beneficiado por la inestabilidad (las revueltas de la primavera árabe) de destinos competidores. El Gobierno confía en cerrar el año con 57,8 millones de turistas extranjeros, solo por detrás de los 59,2 millones de visitantes alcanzados en 2007. Y prevé que el gasto del turismo foráneo permitirá compensar el descenso del turismo nacional. La patronal Exceltur, sin embargo, cree que el PIB del turismo retrocederá hasta un 1,2% este año.


El saldo del turismo se vio favorecido por el descenso del gasto de los españoles en el exterior

El resultado es que el saldo de viajes y turismo (4.542 millones) rompe el techo que se había marcado en julio. Y que ese récord se traslada de forma casi automática al saldo de la balanza de servicios (5521,8 millones), de la que es la principal partida. La otra clave del buen resultado del sector exterior es que el déficit comercial (el valor de las importaciones de mercancías siempre ha superado al de exportaciones en los últimos 22 años) se quedó en 2.684 millones, un 40% menos que en agosto de 2011. Excluido el sector energético, el saldo volvió a ser positivo.


Aquí vuelven a entrar en juego las dos caras de la economía española: la competitividad de las empresas que hacen negocio con el exterior (amplificada ahora por la contención de los costes laborales) se refleja en un aumento del 7,4% en las exportaciones de mercancías respecto al mismo mes del año pasado. Las importaciones, sin embargo, son otro síntoma de la debilidad de la demanda interna, y se anotan un retroceso del 2,6%.


En los ocho primeros meses, el superávit turístico pesa más que el déficit comercial

Los otros dos componentes de la balanza por cuenta corriente, rentas y transferencias, también tuvieron mejor comportamiento que hace un año, aunque sea negativo. El déficit de la balanza de rentas (intereses, beneficios y dividendos) fue de 706 millones de euros, frente a los 1.661 millones de agosto de 2011. Y el saldo negativo de la balanza de transferencias (remesas de inmigrantes, ayudas internacionales) alcanzó 887 millones, un 27% menos que el año pasado.

El buen resultado de agosto se deja notar en el saldo acumulado en lo que va de año. En los ocho primeros meses del año, el déficit de la balanza por cuenta corriente alcanza los 16.139 millones de euros, un 26% menos que en el mismo periodo de 2011. Y el turismo vuelve a ser determinante: el saldo positivo hasta agosto (22.000 millones) es incluso superior al déficit comercial (19.500 millones). El mal comportamiento de la balanza de rentas (por el pago de intereses al exterior) es lo que explica que la balanza por cuenta corriente siga en números rojos. Si se descuenta el resultado positivo de la cuenta de capital, la necesidad de financiación de la economía española hasta agosto se limita a 13.015 millones.

El Gobierno cuenta con que la economía española acabe el año con una necesidad de financiación cercana a los 14.000 millones de euros y en dar la vuelta a la tortilla en 2013, año para el que pronostica un ligero superávit. Las necesidades de financiación de la economía española llegaron a rondar los 100.000 millones en 2007 (un 9,6% del PIB), en lo que se consideró uno de los indicadores estadísticos más relevantes de los desequilibrios que acumulaba la economía española, cuya contrapartida fue el crecimiento acelerado de la deuda privada externa.